¿Y si ha estado pagando de más por cláusula suelo en su hipoteca?

El reciente acuerdo entre Gobierno, PSOE y C’s detalla los plazos y el método de devolución de las cláusulas suelo opacas, también cómo tributará en el impuesto sobre la renta, sociedades o renta de no residentes; el importe recuperado, o quién controlará la negociación.

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También han acordado impulsar una negociación extrajudicial obligatoria para los bancos, para que hagan la devolución en tres meses de lo cobrado por cláusulas suelo opacas sin recargo tributario.

Según el decreto recientemente publicado, los bancos tienen hasta final de febrero para comunicar a sus clientes si tienen derecho a reclamar por concepto de estas cláusulas abusivas, y después de este plazo, el banco dispone de tres meses para efectuar la devolución o comunicarnos si decide no hacerlo.  Si el banco decide no pagar, que puede hacerlo igualmente, no tendremos más remedio que acudir a los tribunales para intentar recuperar lo pagado de más.

Según el Tribunal Supremo, las personas físicas, y además los autónomos y las pymes, pueden acudir a los Tribunales para reclamar por las cláusulas suelo de sus hipotecas.

¿Cómo puedo saber si tengo derecho a reclamar?

Efectivamente no todas la hipotecas tienen clausula suelo y también no todos los bancos han aplicado esta práctica abusiva. Así que la mejor manera de saberlo es leernos la escritura de la hipoteca y la tabla de amortización que nos facilita el banco. Con esta información podemos calcular la diferencia entre el importe pagado y el que nos hubiese correspondido si no se hubiese aplicado esta cláusula. Para ello utilizaremos la tabla del índice Euribor y el tipo marginal aplicado. Por supuesto también podemos llevar estos documentos a un abogado o gestor de confianza.

Otro inconveniente con el que podemos encontrarnos es que el banco decida no acudir a la vía extrajudicial y decida esperar a que un juez le obligue a devolver el montante cobrado de más. Tenemos en los bancos del Valle de Lecrín ejemplos de políticas distintas en cuanto a la aplicación de la norma. Por un lado, Bankia ha decidido devolver en metálico los importes, CaixaBank ha calculado que tendrá que pagar al 50% de sus clientes el importe cobrado por cláusulas suelo. Otros bancos nos han confesado que aún no tienen una política clara sobre cómo responder a los clientes.

También es conveniente que revise si ha firmado con su entidad un contrato o acuerdo de modificación de condiciones, que muchas entidades se adelantaron a proponer a sus clientes con la excusa de una reducción de intereses.

Y es que hasta la sentencia del Tribunal de la UE, los bancos venían exhibiendo todo tipo de excusas para eludir la devolución de las clausulas suelo, algunos se excusaban por ejemplo en si la vivienda era o no el domicilio habitual. Otros en cambio, no quería devolver el dinero a PYMES o autónomos y otros sencillamente alargaban los plazos y los procedimientos, esperando que la desesperación o los gastos de reclamación hicieran desistir a un porcentaje interesante de clientes de reclamar sus derechos.

En resumen, es interesante consultar con expertos la posibilidad que tenemos de reclamar los importes cobrados de más por cláusulas suelo.

Para más información… Abaco Legal, 958781789, http://www.abacolegal.com, estamos en C/ Comandante Lázaro, 1 de Dúrcal.